Se sancionó y promulgó en 2019, pero nunca se dictó el decreto para su aplicación. El factor económico como principal condicionante para contar con un equipo clave de primeros auxilios.
La fatalidad ocurrida el último domingo en una cancha de fútbol de Machagai, que marcó el fallecimiento del futbolista Enzo Pittau en el campo de juego producto de un paro cardiorrespiratorio, volvió a poner sobre el tapete la capacidad de respuesta que se tiene ante acontecimientos de esta naturaleza en la importancia de actuar rápido en procura de salvar vida.

El Parlamento provincial sancionó en noviembre de 2019 una normativa que establece que la obligatoriedad de instalar y poner en funcionamiento un Desfibrilador Externo Automático (DEA) en todos los establecimientos públicos y estatales en los que circulen o permanezcan 100 o más personas y en aquellos establecimientos donde se desarrollen actividades físicas o deportivas de cualquier tipo. Se trata de una iniciativa que implica una adhesión a una norma nacional, que fue reglamentada el mismo año pero desde entonces nunca se dictó el decreto reglamentario para su aprobación.
La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud y en el texto de la ley también se establece que de forma complementaria se deberá capacitar al personal que estará a cargo del desfibrilador promoviendo la formación en técnicas de Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP).
Pero lo cierto es que desde entonces el Estado provincial no avanzó en la puesta práctica y tampoco desde las instituciones de cualquier índole, salvo naturalmente los establecimientos sanitarios, realizaron medicina e inversiones preventivas.
RECURSOS
La ausencia de desfibriladores no es una cuestión que se circunscribe solo a los clubes de fútbol y en el ámbito deportivo en general el factor económico surge como el principal condicionante, salvo en competencias de rugby, cuyas instituciones cuentan con más fondos que otras disciplinas pueden verse que están estos equipos de emergencia.
El costo de estos equipos varía entre aquellos más elementales pero prácticos para situaciones de reanimación y que en Resistencia se pueden conseguir por un valor que va de los 2,8 millones de pesos a los 3,9 millones. Lo concreto es no solo contar con el equipo porque también su manipulación debe ser garantizada y para ello la otra parte de la ley naturalmente tampoco se cumple, que es la de efectuar formaciones para que cualquier persona pueda actuar ante una emergencia.
La falta de cumplimiento de la ley también se da a nivel nacional, especialistas señalan que «se controlan los matafuegos, pero no los desfibriladores. Y según datos oficiales, una de cada 1200 muertes es por incendio, mientras que una de cada cinco es por un evento cardíaco. Es 200 veces más probable morirte del corazón que en un incendio». La ley establece que deben disponer de desfibriladores los espacios públicos y privados con alta circulación de personas, pero no se cumple.
Fuente: Diario Chaco.